Page 4 - POLITICA DE CONFLICTO DE INTERES
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3. LINEAMIENTOS GENERALES
A) Este documento forma parte del protocolo de Gobierno Corporativo de Grupo
La Comer, las Partes Interesadas deben conocerlo, firmarlo, consultarlo, y
aplicarlo como lineamiento de conducta, al igual que el Código de Ética y el
Reglamento Interior de Trabajo.
B) El área de Auditoría Corporativa y Cumplimiento será responsable del
seguimiento, actualización y supervisión en la aplicación de esta política.
C) Los colaboradores de Grupo La Comer en cumplimiento a la presente Política
deben actuar con transparencia e integridad, de tal manera que sus intereses
privados y los de sus familias u otras partes vinculadas a ellos, no se antepongan
a los intereses de la Compañía.
D) Los Colaboradores de Grupo La Comer tienen la responsabilidad de identificar
y la obligación de reportarlo a través del formato autorizado o de los canales de
denuncia señalados en el Código de Ética, cualquier situación que en el curso
normal de sus actividades pueda generar un conflicto de Interés ya sea potencial
o real, para que se analice y tomen las medidas que correspondan.
� Ninguna Dirección, Sucursal, Centro de trabajo o Colaborador de Grupo La
Comer deberá anteponer su propio interés, ni meta de distinción laboral,
destacamiento profesional o comercial o de cualquier índole, si el hacerlo
contraviene las políticas de la Compañía.
E) No se permite la contratación de terceros con quienes, de forma previsible, un
colaborador tenga interés personal y que por la naturaleza del servicio que
proporciona dicho tercero y por las funciones que desempeñe el colaborador,
derive en un Conflicto de Interés potencial o real.
F) Grupo La Comer respeta la privacidad de sus empleados y su derecho a participar
en actividades fuera del entorno laboral; así como aquellas otras actividades
profesionales por cuenta propia o bajo el mando de terceros, siempre y cuando
éstas no afecten el rendimiento de su trabajo, no suponga un conflicto de
interés y no use la información privilegiada, ni las relaciones laborales que con
motivo de su empleo en Grupo La Comer pueda conocer.
G) Todas las partes interesadas deberán declarar cualquier conflicto de interés al
área de Auditoría Corporativa y Cumplimiento por medio de las líneas de
denuncia y comunicación establecidas en el Código de Ética; ya sea aquél
preexistente o que se genere durante la relación con Grupo La Comer.
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CONFLICTO DE INTERESES

