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Es considerada una falta grave el participar en este tipo de conductas, al igual
CÓDIGO DE ÉTICA EL RESPETO ES LA REGLA DE ORO
que el no denunciarlas cuando ocurran y sean de nuestro conocimiento. En
la Empresa existe un compromiso para realizar la investigación inmediata de
estas denuncias, bajo una completa discreción y confidencialidad al tiempo
de tomar las medidas correctivas pertinentes. El proceso y los canales de
comunicación para este tipo de denuncias se han puesto a disposición de todos
los colaboradores y se mencionan en el inciso 10 “Reportes de incumplimiento”.
Cualquier acción o conducta que violente lo dispuesto por este Código de
Ética, el Reglamento Interior de Trabajo, las políticas, procesos y controles
de la Empresa, serán sancionables según el propio Reglamento, pudiendo ir
desde una llamada de atención y/o la elaboración de un acta administrativa
hasta la rescisión de la relación laboral sin responsabilidad para la Empresa,
dependiendo la gravedad de la falta. De igual manera, la Empresa podrá
reservarse el ejercicio de las acciones civiles, administrativas, mercantiles o
penales que correspondan, por lo que las medidas de carácter laboral no se
consideran excluyentes de ninguna otra.
4.1.4 Lineamientos éticos de no discriminación
La Empresa y sus ejecutivos deben garantizar un ambiente laboral de
respeto y profesionalismo, en el cual se encuentran estrictamente prohibidas
conductas que se consideren discriminatorias y que resulten en la distinción,
exclusión, restricción o preferencia relacionadas a temas de raza, creencias
religiosas, género, preferencia sexual, nacionalidad, nivel socioeconómico o
capacidades diferentes, entre otras y que menoscaben o anulen el goce o
ejercicio de los derechos humanos y libertades de nuestros colaboradores .
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2 De conformidad por lo dispuesto en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación
vigente a la fecha de publicación del presente Código de Ética.
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