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Es considerada una falta grave el participar en este tipo de conductas, al igual
              CÓDIGO DE ÉTICA      EL  RESPETO ES LA REGLA DE ORO
                                   que el no denunciarlas cuando ocurran y sean de nuestro conocimiento. En
                                   la Empresa existe un compromiso para realizar la investigación inmediata de
                                   estas denuncias, bajo una completa discreción y confidencialidad al tiempo
                                   de tomar las medidas correctivas pertinentes. El proceso y los canales de
                                   comunicación para este tipo de denuncias se han puesto a disposición de todos
                                   los colaboradores y se mencionan en el inciso 10 “Reportes de incumplimiento”.

                                   Cualquier acción o conducta que violente lo dispuesto por este Código de
                                   Ética, el Reglamento Interior de Trabajo, las políticas, procesos y controles
                                   de la Empresa, serán sancionables según el propio Reglamento, pudiendo ir
                                   desde una llamada de atención y/o la elaboración de un acta administrativa
                                   hasta la rescisión de la relación laboral sin responsabilidad para la Empresa,
                                   dependiendo la gravedad de la falta. De igual manera, la Empresa podrá
                                   reservarse el ejercicio de las acciones civiles, administrativas, mercantiles o
                                   penales que correspondan, por lo que las medidas de carácter laboral no se
                                   consideran excluyentes de ninguna otra.

                                   4.1.4  Lineamientos éticos de no discriminación
                                   La Empresa y sus ejecutivos deben garantizar un ambiente laboral de
                                   respeto y profesionalismo, en el cual se encuentran estrictamente prohibidas
                                   conductas que se consideren discriminatorias y que resulten en la distinción,
                                   exclusión, restricción o preferencia relacionadas a temas de raza, creencias
                                   religiosas, género, preferencia sexual, nacionalidad, nivel socioeconómico o
                                   capacidades diferentes, entre otras y que menoscaben o anulen el goce o
                                   ejercicio de los derechos humanos y libertades de nuestros colaboradores .
                                                                                                            2


                                   2  De conformidad por lo dispuesto en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación
                                    vigente a la fecha de publicación del presente Código de Ética.


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