Page 29 - CÓDIGO DE ÉTICA versión issuu
P. 29

Cuando cualquier integrante de la Empresa tenga que tomar o influya en una
                                   decisión en la que puede beneficiarse o beneficiar directa o indirectamente
                                   a un familiar (como empleado, proveedor de bienes y/o servicios o cliente),
                                   deberá de avisar a su jefe inmediato y al subdirector o director del área de la
                                   existencia de un conflicto de interés y este último deberá tomar la decisión
                                   final.  Estas  transacciones  podrán  ser  autorizadas  siempre  y  cuando  se
                                   encuentren debidamente soportadas en cuanto que son realizadas a precios
                                   de mercado y bajo las mismas condiciones comerciales y requisitos aplicados
                                   a terceros. Estas operaciones se deben documentar y ser reportadas a la
                                   Subdirección de Auditoría Corporativa, quien les dará seguimiento.

                                   Es facultad del Consejo de Administración de la Empresa y sus órganos
                                   representativos revisar las transacciones con terceros consideradas conflicto
                                   de interés o de partes relacionadas y dar su visto bueno o cancelarlas.

                                   En caso de que se contrate a familiares directos de los colaboradores o
                                   ejecutivos de la Empresa, se deberá justificar que cuentan con las calificaciones,
                                   desempeño y credenciales suficientes para el puesto y no debe existir ninguna
                                   relación de dependencia laboral o comercial directa entre el colaborador y
                                   dicho familiar.


                                   Por ningún motivo se permitirá que el personal sea asignado a puestos donde
                                   algún familiar suyo tenga la oportunidad de verificar, supervisar, revisar, auditar
                                   o  afectar  su  trabajo,  de  cualquier  forma  que  pueda  influir  en  su  progreso
                                   salarial o promocional.

                                   En caso de que miembros de la Empresa contraigan matrimonio u otro tipo de
                                   parentesco, no podrán trabajar en áreas relacionadas o que puedan generar
                                   conflicto de interés.

                                   El mal uso de los recursos o influencia de su posición está prohibido. Incluso
                                   cuando no existe una mala intención, la apariencia de un conflicto puede tener
                                   un impacto negativo. Es crucial considerar cómo ciertas acciones pueden ser
                                   percibidas y cómo se puede evitar una percepción de conflicto de interés.


                                   7.4 OTROS TRABAJOS EN LA COMPETENCIA
                                   DIRECTA O CON PROVEEDORES


                                   En su tiempo libre, las acciones de los colaboradores o ejecutivos no deben
                                   entrar  en  conflicto  con  sus  responsabilidades  en  la  Empresa.  No  está
                                   permitido que los colaboradores de la Empresa (sin importar su puesto o nivel
                                   jerárquico) participen en otra organización que sea una competencia directa
                                   o de algún proveedor. Si un ejecutivo es invitado a participar como consejero
                                   administrativo o consultivo en otra entidad u organización, deberá informarlo
                                   a su jefe y a la Presidencia Ejecutiva a través de Auditoría Corporativa, quienes
                                   comunicarán la resolución que al efecto se tome.



                                                                                                      LA COMER   27
   24   25   26   27   28   29   30   31   32   33   34